jueves, 20 de diciembre de 2012

La UE recibe el Premio Nobel de la Paz


¨La UE recibe el Premio Nobel de la Paz; por Marcelino Oreja Aguirre, Presidente de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas


El día 10 de diciembre de 2012, se ha publicado en el diario ABC, un artículo de Marcelino Oreja Aguirre, en el cual el autor afirma que este premio, que bien hubiera podido ser otorgado hace años, debería ser recibido con inmensa alegría por los europeos porque la integración de nuestro continente es la historia de un éxito, que ha sido capaz de crear un espacio de paz, de libertad y de defensa de derechos humanos, y un modelo de integración.


LA UE RECIBE EL PREMIO NOBEL DE LA PAZ





Hoy se entrega el premio Nobel a la Unión Europea por su contribución a la paz, la reconciliación, la democracia y los derechos humanos. Muchos se preguntarán si la Unión merece este alto reconocimiento, precisamente ahora que son tantas las dudas e incertidumbres sobre su funcionamiento. Y sin embargo, yo me atrevo a afirmar que este premio, que bien hubiera podido ser otorgado hace años, debería ser recibido con inmensa alegría por los europeos porque la integración de nuestro continente es la historia de un éxito, que ha sido capaz de crear un espacio de paz, de libertad y de defensa de derechos humanos, y un modelo de integración.
Recordemos la situación de Europa recién terminada la Segunda Guerra Mundial. En 1950, la declaración de Robert Schuman anuncia un atrevido proyecto que más allá de su contenido económico ofrecía un programa político de gran alcance de paz y reconciliación.
Un programa concebido en nombre de “nunca más una guerra entre nosotros” que fue resumido con tanta belleza por Hannah Arendt con dos palabras: perdón y promesa. Aquellos pueblos divididos, enzarzados en constantes guerras que acumulaban odio, resentimiento y venganza, se proponen que prevalezca el perdón, aunque no el olvido, porque una sociedad no puede pensar en su futuro si no tiene memoria. Y la promesa a las nuevas generaciones de que sus nacionales se integren en una comunidad.
A la Declaración Schuman se adhirieron inmediatamente Konrad Adenauer y Alcide de Gasperi, y los tres contaron con el genio intelectual de Jean Monnet y su equipo, y todos juntos pusieron en marcha un ideal de entendimiento y colaboración, conscientes de que sería la unidad, y no el equilibrio de intereses, el instrumento para la paz. Y reconocieron que por encima de cada país existe un bien común superior al interés nacional, en el que se funden y confunden los intereses de cada uno de los países.
Todos ellos estaban convencidos de que el nacionalismo podría ser transformado mediante un esfuerzo creativo que se había estancado en el sistema de equilibrio de poder y de que era necesario crear estructuras políticas de integración que, más allá de los enfrentamientos seculares, destierren el peligro de la guerra y asienten la paz.
Un año después de la Declaración Schuman se crea la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, y en 1957 la firma del Tratado de Roma instituye las Comunidades Europeas, que inician un largo desarrollo, no sin problemas y sobresaltos, pero con la firme determinación de ampliar el ámbito de integración y aumentar el número de sus miembros desde el respeto y el cumplimiento de sus principios básicos.
En 1986, el Acta Única promueve la creación de un mercado interior y la libre circulación de personas, servicios, mercancías y capitales; en 1987 se impulsa -al margen del Tratado- el programa Erasmus, que alcanza hoy a tres millones de estudiantes, y la Comunidad se preocupa por reforzar la cohesión social, que se convierte en materia prioritaria, junto con la defensa de las reglas de la competencia. En 1989 la caída del Muro de Berlín abre el camino de la integración a los países que el comunismo había apartado del camino de las libertades. El Tratado de la Unión Europea, en vigor desde 1993, plantea la creación de una Unión Económica y Monetaria con la introducción de una moneda única. El euro se convirtió así en el símbolo de la integración económica. El Tratado de Lisboa de 2009 incluye en su articulado el reconocimiento del valor jurídico vinculante, al mismo nivel de los Tratados constitucionales, de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y atribuye a la Unión la competencia para permitir su adhesión al Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
Durante estos cincuenta y cinco años, el proceso europeo ha logrado resultados inimaginables, integrando países siempre que respeten los principios de libertad, pluralismo y tolerancia, propiciando el más largo periodo de paz de la época contemporánea.
Y todos estos logros no deben hacernos olvidar otros objetivos alcanzados: superar el estrecho y angosto marco del estado-nación, la defensa de la democracia como sistema para encauzar las opiniones divergentes en sociedades libres y plurales, y dotar a Europa de una voz para defender sus ideas, valores e intereses.
Los primeros años del proceso de construcción europea fueron años de integración gradual de las economías europeas, pero el gradualismo que se utiliza no es improvisado, responde a un patrón teórico bien conocido, que convierte a la integración europea en el primer proceso en la historia realizado de acuerdo con las prescripciones de la ciencia económica, según unos criterios muy claros. Cuando se han seguido esos criterios las cosas han salido bien; cuando no se han seguido, como ha sucedido últimamente, las cosas han salido mal, pero ha empezado a enderezarse.
Antes de la crisis existían ya instrumentos de gobernanza, creados por el Tratado de Maastricht en 1992, el Pacto para la estabilidad y crecimiento de 1997, las Grandes Orientaciones Económicas, los programas crecientes de reforma; pero esas reglas no se han seguido en numerosos casos, y ello ha sido causa de la situación que padecemos. Pero se debe reconocer también que la Unión ha reaccionado y actualmente existen unos mecanismos de supervisión presupuestaria, en el ámbito macroeconómico y en el financiero, que permiten hacer frente a la crisis, y se están dando los pasos para instaurar una política fiscal que complete la Unión Monetaria, un Banco Central que sea prestamista de última instancia, unos mecanismos de rescate con capacidad suficiente para ayudar a países con problemas.
La Unión Europea está adoptando medidas para completar la Unión Monetaria y Fiscal con los correspondientes mecanismos económicos y políticos, punto de partida de una Unión Bancaria. Y el último paso será una Unión Política a través de una federación de Estados Nacionales con la posibilidad de desarrollar ritmos diferenciados de integración, como de hecho ya existe con la Unión Monetaria y en los acuerdos de Schengen.
En el futuro también debe quedar abierta la vía para que los cambios de los Tratados puedan hacerse por mayoría reforzada de Estados miembros y población. Solo hay un tema en el que siempre se exigirá el acuerdo de todos los países: la adhesión de un nuevo Estado miembro, una regla inalterable en la que todos los Estados coinciden, y conviene que nadie se lleve a engaño proponiendo fórmulas inviables.
La Unión Europa tiene aún un largo camino que recorrer. Pero sigue siendo la referencia más representativa y eficaz de un proceso de integración que representa la paz, la reconciliación, el imperio de la ley, un marco para un desarrollo duradero y un espacio político que permite el hecho diferencial de nuestras diversidades culturales.
Como reconocimiento a esa inmensa tarea que ha realizado la Unión Europea y la esperanza de su futura labor, debemos celebrar que el Comité de los Premios Nobel haya concedido el Premio Nobel de la Paz a la Unión Europea, como reza el texto de la concesión, por haber contribuido durante más de seis décadas al progreso de la paz, la reconciliación, la democracia y los derechos humanos en Europa.¨

http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1107239

lunes, 17 de diciembre de 2012

XVII CURS DE PENSAMENT I CULTURA CLÀSSICA

XVII CURS DE PENSAMENT I CULTURA CLÀSSICA
FILOSOFIA  I POLÍTICA 
30 de novembre 2012
14 de desembre 2012
25 de gener 2013
22 de febrer 2013
15 de març de 2013
12 d`abril de 2013
10 de maig de 2013
Lloc- Caixa Forum Palma, Plaça de Weyler 3

INFORMACIÓ: 971 172 692
Internet www.seec-balears.com
fran.casadesus@uib.es

Dr. Francesc Casadesús


El EQUIPO FI (Φ,φ)
El Dr. Francesc Casadesús- actual presidente de la Sociedad Iberica de la Filosofia Griega- y algunos miembros y colaboradores de su equipo. Facultad de Filosofía - UIB




viernes, 14 de diciembre de 2012

Prof. Dr. Vicent Calafell

Prof. Dr. Vicente Calafell Ferrá, Profesor asociado de Derecho constitucional de la Universitat
de les Illes Balears.

 Capitán auditor del Cuerpo Jurídico Militar y observador electoral internacional...


 Próximamente  biografía completa.

EUROPEAN ASSOCIATION FOR DECISION MAKING


Theoretical  and empirical aspects of decesion-making.

¨Mini conference in Bristol 17 December to 18 December 2012
The Decision -making Research group at the University of Bristol have a two-day conference to explore links and gaps between theoretical and empirical research on desion-making.
The keynote speakers are: Professor David Schmeidler (University of Tel Aviv & OhioState University), Professor Andrew Coleman (University of Leicester) - Profesor Mohammed Abdellaoui (H.E.C.Paris), Professor Ido Erev (Israel Institute of Technology).¨

http://www.eadm.eu

Prof. Dr. Federico F. Garau

Catedrático de Derecho Internacional Privado 
Professor in Private International Law         

      Estudios de Filosofía y de Derecho


1984: Licenciatura de Derecho1988: Doctorado en Derecho

Estancias de investigación en el Max-Planck-Institut für ausländisches und internationales Privatrecht 

(Hamburgo, R.F. de Alemania) (7 y 8/1989; 8/1990; 8/1991; 8/1992; 8/1994) 

1988 - 2003: Profesor Tutor de Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado (UNED)
1985 - 1987: Becario de Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia
1987 - 1990: Profesor Ayudante de Derecho Internacional Privado (Universidad de las Illes Balears)
1990 - 1992: Profesor Titular interino de Derecho Internacional Privado (Universidad de las Illes Balears)
1992: Profesor Titular de Universidad de Derecho Internacional Privado (Universidad de las Illes Balears)
2009: Acreditado para el cuerpo de Catedráticos
2010: Catedrático de Derecho Internacional Privado (Universidad de las Illes Balears)
1999 - 2004: Secretario de la Facultad de Derecho de la UIB
2001 - 2007: Secretario de la Comisión de Bioética de la UIB2007 - 2011: Secretario General de la UIB
    Miembro del Consejo Social de la UIB
    Miembro de la Junta de Coordinación Universitaria de las Illes Balears
2009 - 2010: Presidente de la Comisión para la reforma de los Estatutos de la UIB

Publicaciones recientes

-¿Qué derecho internacional privado queremos para el siglo XXI?, Cuadernos de Derecho Transnacional,
 vol. 4, 2012-2, págs. 140-158.
Abstract: In Spain, Private International Law (PIL) has evolved considerably since the 19th century. Thus, 
we have gone from a few simple legal rules (naive) to PIL consisting of a set of hyperspecialized rules, whose 
origin may be internal, conventional, or derived from the European Union. Many of these rules are
 incomprehensible to a standard legal mind. This has all led us to PIL for specialists, completely removed 
from reality and eccentric (freaky), aimed only at the knowledgeable and far removed from those who practise
 law, who often neither understand nor know how to apply it. After analyzing the evolution of Spanish PIL, 
this paper contains a 
number of proposals intended to make PIL understandable and coherent.

Crónica de actualidad de Derecho Internacional Privado (julio - diciembre 2011), Coordinación de la Crónica

 junto  con A. Espiniella Menéndez, Revista Electrónica de Estudios Internacionales, núm. 23, junio 2012.

Crónica de actualidad de Derecho Internacional Privado (Enero - junio 2011), Coordinación de la Crónica junto

 con A. Espiniella Menéndez, Revista Electrónica de Estudios Internacionales, núm. 22, diciembre 2011.

- «Spanish Municipal Legislation Concerning Matters of Private International Law, 2009», (en colaboración 

con el Prof. Dr. Luis Garau Juaneda y la Prof. Silvia Feliu Álvarez de Sotomayor), Spanish Yearbook 
of International Law,vol. XV (2009), Martinus Nijhoff Publishers, Leiden, 2010, págs. 365-378 (ISBN:
 978-90-04-20856-8)(ISSN: 0928-0643).

Las fuentes españolas en materia de obligaciones alimenticias. ¿Hacia un Derecho Internacional 

Privado extravagante?, Cuadernos de Derecho Transnacional, vol. 3, 2011-2, págs. 130-144.Abstract: The 
application of the Council Regulation (EC) No. 4/2009 has resulted in a very complex situation of rules for 
resolving the questions of Private International Law (PIL) relating to maintenance obligations. The application 
of these rules raises two fundamental problems. The first one is that the determination of the applicable rule 
depends on the different elements in the maintenance obligation. On the other hand, the contents of some 
of them are extremely complex and at times unintelligible, in such a way that an extravagant (freaky) and 
hyperspecialized PIL is created, understandable only to the initiates and completely away from their recipients.
 The EU should consider what kind of PIL want for the future.

Nota a la Sentencia de las Audiencia Provincial de las Islas Baleares de 23 de noviembre de 2010

Anuario Español de Derecho Internacional Privado, vol. X (2010), págs. 996-1000.

Notas sobre la colisión de fuentes de Derecho internacional privado español sobre responsabilidad parental 

y protección del niño, Cuadernos de Derecho Transnacional, vol. 3, 2011-1, págs. 282-289.Abstract: The
 ratification by Spain of the Hague Convention of 1996 on the protection of children (the EU authorized the 
ratification to the Member States) raises some problems of compatibility with EU Rules on parental responsibility 
(Brussels II Regulation) so as with the Spanish laws governing the aspects of Private International Law. It would 
be advisable that the EU reassess its decision to incorporate legal sources with a great complexity that opens some 
questions about the consistency of its own system. 

La literalidad interpretada desde la coherencia del sistema. Las relaciones entre el Reglamento Bruselas I y los

 convenios sobre materias particulares según el TJUE, Cuadernos de Derecho Transnacional, vol. 3, 2011-1, 
págs. 270-281.Abstract: Article 71 of Brussels I Regulation not affect any conventions on particular matters in 
which the Member States are parties. However, the rules governing jurisdiction, recognition and enforcement of 
judgments that are laid down by a specialised convention cannot compromise the principles which underlie 
judicial cooperation in civil and commercial matters in the European Union. Thus, the wording of Article 71 
must be interpreted taking into account the consistency of the system. 

Comentario al Auto de la Audiencia Provincial de las Islas Baleares de 17 de diciembre de 2007, Anuario 

Español de Derecho Internacional Privado, Vol. 10 (2010), págs. 996-1000.

Los acuerdos atributivos de jurisdicción en Derecho Procesal Civil Internacional español, Cuadernos de 

Derecho Transnacional, vol. 2, 2010-2, págs. 52-91.Abstract: Jurisdiction agreements are contracts on 
procedural relationships. Therefore, their analysis from the perspective of the International Civil Procedural 
Law requires the fragmentation of each one of the elements that makes up the agreement. Thus, civil matters,
 so as the existence and validity of the agreement, will be governed by the law designated by the conflict 
of laws rules on contractual obligations. On the other hand, purely procedural aspects (eligibility, form and 
effects) shall be complied with the lex fori. In order to develop a detailed landscape of the agreement’s
 regulation in the  Spanish Legal System,this paper analyses the European Union rules (Brussels I Regulation
 and Lugano Convention) and the internal ones (Judiciary Act and some other Spanish legislation related
 to this subject). All this is complemented with the study of case-law of the Court of Justice of the European 
Union on Community Legislation, so as these of the Spanish courts. 

Comentario al Auto de la Audiencia Provincial de las Islas Baleares de 17 de diciembre de 2007

Anuario Español 
de Derecho Internacional Privado, vol. 8 (2008), pp. 1036-1038.

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Sala Primera), 

de 2 de octubre  de 2008, en el Asunto C-372/07 (Hassett y Doherty), REDI, LX, 2008-2, pp. 596-599

Lecciones de Derecho Procesal Civil Internacional, 2ª edic. actualizada, Servicio de Publicaciones de la 

Universidad de las Illes Balears, Colección Materiales Didácticos núm. 99, Palma de Mallorca, 2008 

Los acuerdos internacionales de elección de foro, Editorial COLEX Madrid, 2008 


Libros y capítulos de libro


LIBROS:- Coordinación, conjuntamente con F. López Simó, de la obra «El Proceso Europeo de Escasa Cuantía. 

Comentarios al Reglamento (CE) nº 861/2007, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007», 
Editorial Dykinson, Madrid, 2010, págs. 310-324 (ISBN: 978-84-9772-267-4).

- Lecciones de Derecho Procesal Civil Internacional, 2ª edición actualizada y totalmente renovada, Universitat 

de les Illes Balears, Colección Materiales Didácticos, núm. 99, Palma de Mallorca, 2008 (ISBN: 978-84-8384-064-1).

- Los acuerdos internacionales de elección de foro, Editorial COLEX, Madrid, 2008 (ISBN: 978-84-8342-135-2).

- Lecciones de Derecho Procesal Civil Internacional, Universitat de les Illes Balears, Colección Materiales 

Didácticos, núm. 99, Palma de Mallorca, 2003 (ISBN: 84-7632-793-5).

- Los efectos de las resoluciones extranjeras es España (Sistema general y convencional), Editorial Tecnos, 

Madrid, 1992 (ISBN: 84-309-2174-5).

- Régimen legal de las inversiones comunitarias en España y de las Españolas en países comunitarios 

(análisis de la normativa comunitaria y española), Editorial Tecnos, Madrid, 1990 (ISBN: 84-309-1814-0).


CAPÍTULOS DE LIBRO:

- «Comentario al artículo 21», en F. LÓPEZ SIMÓ, F.F. GARAU SOBRINO (Coords.), El Proceso Europeo de

 Escasa Cuantía. Comentarios al Reglamento (CE) nº 861/2007, del Parlamento Europeo y del Consejo, de
 11 de julio de 2007, Editorial Dykinson, Madrid, 2010, págs. 310-324 (ISBN: 978-84-9772-267-4).

- «Las normas jurídicas y el territorio en el que se aplican: el Derecho Internacional Privado», en AA.VV., 

Nociones básicas de Derecho (2ª edic. rev.), Universitat de les Illes Balears, Colección Materiales 
Didácticos, núm. 140, Palma de Mallorca, 2010, págs. 50-53 (ISBN: 978-84-8384-153-2).

- «Las normas jurídicas y el territorio en el que se aplican: el Derecho Internacional Privado», en AA.VV., 

Nociones básicas de Derecho, Universitat de les Illes Balears, Colección Materiales Didácticos, núm. 140, 
Palma de Mallorca, 2009, págs. 48-51 (ISBN: 978-84-8384-114-3).

- «Comentario al artículo 9», en A. BLASCO ESTÉVE (Coord.), Comentarios al Estatuto de Autonomía de

 las Illes Balears, Pamplona, 2008, págs. 101-111 (ISBN: 978-84-470-3081-1).

- «Comentari a l’article 9», en A. BLASCO ESTÉVE (Coord.), Comentaris a l’Estatut d’Autonomía de les 

Illes Balears, Pamplona, 2008, págs. 100-109 (ISBN: 978-84-470-3146-7).

- «Cuestiones de Derecho Internacional Privado: competencia judicial internacional y ley aplicable»,

 en AA.VV., Responsabilidades de los proveedores de información en internet, Granada, 2007, págs. 
191-228 (ISBN: 978-84-9836-249-7).

- «Libre movimiento de capitales y transacciones económicas con el exterior en la contratación internacional»,

 en A.-L. Calvo Caravaca y J. Carrascosa González (Dirs.), Curso de Contratación Internacional, 2ª edic.,
 Colex, Madrid, 2006, págs. 913-932 (ISBN: 84-8342-023-6).

- «Comentari als artícles 11, 12, 13, 93, 94, 95, 96, 148.1.7ª, 148.1.8ª, 148.1.11ª, 149.1.2ª, 149.1.3ª, 149.1.10ª, 149.1.11ª,

 149.1.12ª, 149.1.19ª i DA 2ª de la Constitució» (en colaboración con Nuria García Canals), en J. Oliver, 
Ll. Segura (Coords.), La Constitució de 1978. Anotacions des de la perspectiva balear, Institut d’Estudis 
Autonòmics, Palma de Mallorca, 2005, págs. 35-39, 148-153, 223, 224, 225, 230, 231, 234, 235, 239, 274-275 
(ISBN: 84-95904-17-9).

- «Aspectos internacionales» (en colaboración con Silvia Feliu Álvarez de Sotomayor), en AA.VV., 

Derecho de la contratación electrónica. Curso de postgrado en Derecho del Comercio Electrónico, 
Universitat Oberta de Catalunya – Universitat de les Illes Balears, Barcelona, 2004, págs. 1-53 
(ISBN: 84-9707-588-9).

- El ámbito de aplicación del Reglamento 1347/2000 en materia matrimonial y de responsabilidad 

parental sobre los hijos comunes, en A.-L. CALVO CARAVACA, E. CASTELLANOS RUÍZ (Dirs.), El 
Derecho de Familia ante el siglo XXI: Aspectos internacionales, Editorial COLEX, Madrid, 2004, 
pp. 399-409 (ISBN: 84-7879-854-4).

- «Las sentencias alemanas de divorcio y su acceso al Registro Civil español. El divorcio entre la DGRN 

el Tribunal Supremo», en AA.VV., Derecho Registral Internacional. Homenaje a la Memoria del Profesor 
Rafael Arroyo Montero, Iprolex, Madrid, 2003, págs. 223-235 (ISBN: 84-931681-3-0).

- «Der Beweis des ausländischen Rechts in der neuen spanischen Zivilprozessordnung vom 7.Januar 2000: 

Chronik einer Ernüchterung», en J. BASEDOW, U. DROBNIG, R. ELLGER, K.J. HOPT, H. KÖTZ, R. KULMS,
 E.–J. MESTMÄCKER (Hrsg.), Aufbruch nach Europa: 75 Jahre Max–Planck–Institut für Privatrecht, 
J.C.B. Mohr (Paul Siebeck), Tübingen, 2001, págs. 685-703 (ISBN: 3-16-147630-1).

- «La normativa convencional hispano-marroquí sobre reconocimiento y declaración de ejecutividad de 

resoluciones judiciales, documentos públicos con fuerza ejecutiva y laudos arbitrales en materia civil, 
mercantil y administrativa», L. GARAU JUANEDA, R. HUESA VINAIXA (Coords.), Derecho internacional y
 Relaciones internacionales en el mundo Mediterráneo (Actas de las XVII Jornadas de la Asociación Española
 de Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales), Imprenta nacional del Boletín Oficial 
del Estado, Madrid, 1999, págs. 167-179 (ISBN: 34-340-1139-5).

- «El reconocimiento en España de las resoluciones judiciales extranjeras en materia matrimonial», en AA.VV., 

Puntos capitales de Derecho de familia en su dimensión internacional, Dykinson, Madrid, 1999, págs. 297-331
(ISBN: 84-8155-472-3).

- «Los foros de vinculación procesal del artículo 6 del Convenio de Bruselas. Anotaciones tras la firma del 

Convenio de adhesión de 1996», en A. BORRAS RODRIGUEZ (Ed.), La revisión de los Convenios de Bruselas de
 1968 y Lugano de 1988 sobre competencia judicial y ejecución de resoluciones judiciales: una reflexión preliminar 
española (Seminario celebrado en Tarragona, 30-31 de mayo de 1997), Marcial Pons, Madrid, 1998, págs. 325-339
 (ISBN: 84-7248-569-2).

- «Comentario al artículo 59», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo

 a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 732-737 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera edición, 
Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 58», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo

 a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 730-731 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera edición, 
Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 57», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo a

 la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional del
 Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 719-729 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera edición, 
Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 56», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo

 a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta 
nacional del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 714-718 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la 
primera edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 55», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo 

a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional
 del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 709-713 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera edición,
 Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 45», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo 

a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional del 
Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 618-621 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera edición, 
Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 44», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo

 a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 610-617 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera edición, 
Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 43», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo 

a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 604-609 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera 
edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 42», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas 

relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil,
 Imprenta nacional del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 601-603 (ISBN: 84-340-0722-3). 
Reimpresión de la primera edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 41», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas 

relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, 
Imprenta nacional del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 599-600 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión 
de la primera edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 40», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas 

relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, 
Imprenta nacional del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 593-598 (ISBN: 84-340-0722-3). 
Reimpresión de la primera edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 39», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas

 relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta 
nacional del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 586-592 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la 
primera edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 38», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo 

a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 578-585 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera edición,
 Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 37», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas 

relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta 
nacional del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 570-577 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera 
edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 36», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo

 a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 560-569 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera 
edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 35», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo

 a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 558-559 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera edición,
 Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 34», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo 

a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 551-557 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera 
edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 33», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo 

a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta 
nacional del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 545-550 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la 
primera edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 32», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo 

a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 539-544 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera edición, 
Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 31», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo 

a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 527-538 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera edición, 
Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 26», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo

 a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 462-477 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera 
edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 22», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo

 a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 412-418 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera 
edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Comentario al artículo 6», en A.-L. CALVO CARAVACA (Edit.), Comentario al Convenio de Bruselas relativo 

a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, Imprenta nacional 
del Boletín Oficial del Estado, Madrid, 1994, págs. 166-191 (ISBN: 84-340-0722-3). Reimpresión de la primera 
edición, Madrid, 1995 (ISBN: 84-340-0722-3).

- «Harmonisierung des europäischen internationalen Zivilverfahrensrecht durch nationale Angleichung und

 bilaterale Abkommen: das Beispiel Spanien», en E. JAYME (Hrsg.), Ein internationales Zivilverfharensrecht 
für Gesamteuropa (EuGVÜ, Lugano-Übereinkommen und die Rechtsentwicklungen in Mittel- und Osteuropa), 
(Motive-Texte-Materialien Band 62), Editorial C.F.Müller Juristischer Verlag, Heidelberg, 1992, págs. 341-364 
(ISBN: 3-8114-2892-6).

- «Los movimientos monetarios internacionales derivados de las obligaciones extracontractuales», en 

C. JIMENEZ PIERNAS (Edit.), La responsabilidad internacional. Aspectos de Derecho internacional público y 
Derecho internacional privado. XIII Jornadas de la Asociación Española de Profesores de Derecho 
Internacional y Relaciones Internacionales, Alicante, 1990, págs. 614-627 (ISBN: 84-404-8530-1).

Líneas de investigación

1 - Derecho Procesal Civil Internacional
2 - Derecho Procesal Europeo
3 - Movimiento de capitales
4 - Derecho Internacional Privado e Internet
5 - Derecho Civil Internacional


Proyectos de investigación (I+D)

- Proyecto "E-CLIP (Electronic-Commerce Law Issues Platform)", financiado por la Unión Europea en el 
marco del Programa Europeo de Tecnologías de la Información (ESPR). Duración: 1997-1999. Investigador 
Principal: Santiago Cavanillas Múgica
- Proyecto I+D "Estudio Interdisciplinar de las responsabilidades de los Proveedores 
de Información en Internet. Problemas de Segunda Generación: Los Límites de la 
Neutralidad Tecnológica". Duración: 2003-2006. Investigador Principal: Santiago 
Cavanillas Múgica
- Proyecto I+D "El impacto de la ampliación de la Unión Europea sobre la política
 común de extranjería". Duración: 2004-2008. Investigador Principal: Luis Garau 
Juaneda
- Proyecto I+D "El alojamiento turístico y sus especies: hacia la construcción de
 su estatuto jurídico público y privado". Duración: 2006-2009. Investigador Principal: 
José A. Torres Lana
- Proyecto I+D "Autorregulación y solución de conflictos en el ámbito del turismo".
 Duración: 2011-2013. Investigador Principal: M. Nélida Tur Faúndez

Datos biográficos obtenidos de: https://sites.google.com/site/garaufederico/home

lunes, 3 de diciembre de 2012

La Defensora del Pueblo presentará un informe sobre viviendas públicas vacías

¨¨La Defensora del Pueblo presentará un informe sobre viviendas públicas vacías en los primeros meses de 2013

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, prepara un informe sobre las VPP vacías que existen en España, tras detectar a través de diversas investigaciones numerosos casos de personas pertenecientes a colectivos vulnerables que pasan mucho tiempo a la espera de que se les adjudique una.
Así lo anunció la Defensora el pasado 29 de noviembre, a lo largo de su comparencia ante el Pleno del Congreso, para explicar el Informe anual correspondiente a 2011. Soledad Becerril quiere conocer el número de viviendas de protección pública (VPP) que se encuentran vacías en toda España. Se han iniciado investigaciones con todas las CCAA y Ceuta y Melilla y también se ha incluido a nueve municipios con una población superior a 350.000 habitantes. El informe realizará propuestas para dar uso a estas viviendas y beneficiar a las personas que han perdido sus hogares como consecuencia de la crisis.
Este informe, que previsiblemente será presentado a las Cortes Generales en los primeros meses de 2013, pretende seguir aportando propuestas que ayuden a paliar la situación que viven muchas personas, que como consecuencia de la crisis, han perdido sus hogares.
En opinión de la Institución, muchas de las VPP vacías podrían, mediante distintas fórmulas con las administraciones, ser utilizadas por familias que en estos momentos carecen de ellas.
Para la elaboración del informe, la Institución ha abierto sendas investigaciones de oficio con las 17 Comunidades Autónomas y con las Ciudades de Ceuta y Melilla, que ya han contestado a los requerimientos de la Institución. Asimismo, se han incluido nueve municipios con más de 350.000 habitantes. 
Las actuaciones iniciadas por la oficina del Defensora del Pueblo con este informe buscan determinar las causas de por qué se encuentran desocupadas más tiempo del imprescindible para ponerlas en uso, por primera vez si son nuevas, o para revisar su estado, si ya han estado ocupada antes.
Asimismo, el informe realizará recomendaciones para fomentar el mercado del alquiler, también para las viviendas públicas, y para propiciar que tanto las Comunidades Autónomas como los Ayuntamientos propietarios de viviendas protegidas vacías flexibilicen los requisitos de acceso a las mismas para que un mayor número de solicitantes puedan resultar beneficiarios.

FUENTE: Defensoría del Pueblo de España¨
http://www.portalfio.org/inicio/noticias